Observatorio de la Sostenibilidad en Aviación (OBSA) | Observatory of Sustainability in Aviation  
 

 

Compañías y CO2 (EU ETS)

A partir de 2010 las compañías aéreas que operen en aeródromos de la UE deben dar seguimiento de sus emisiones de acuerdo con un plan de seguimiento aprobado previamente.

A partir de 2012 las compañías aéreas deberán entregar derechos de emisión suficientes para compensar sus emisiones notificadas.

Desde esta sección, ofrecemos información actualizada sobre el Sistema de Comercio de Emisiones de la Unión Europea (EU ETS), de acuerdo con la Directiva 2008/101/CE por la que se ha introducido la aviación en el sistema, así como de aquella normativa española que sea aplicable.

La información oficial, en inglés, está disponible en el sitio web de la Comisión Europea "Aviation and climate change".

Verificación EU ETS

ENAC ha publicado la revisión 4 del documento CEA-ENAC-09 en el que se incluyen los requisitos que deben cumplir para ser acreditados los verificadores del Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de GEI para la aviación.

Ley 13/2010

Se ha publicado la Ley 13/2010 por la que se modifica la anterior ley que regulaba el régimen de comercio de derechos de emisiones de gases de efecto invernadero.

Herramienta de cálculo para pequeños operadores

La Comisión Europea ha publicado la Regulación 606/2010 sobre la aprobación de una herramienta simplificada para el cálculo de los consumos y las emisiones de los pequeños operadores.

Otra información

 

 

 

Última actualización de la página: 14 de julio de 2010.


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