Compañías y CO2 (EU ETS)
Otra normativa relacionada

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Nuevo reglamento del Parlamento Europeo y el Consejo
Limitación o denegación del ejercicio de los derechos de tráfico por motivos ambientales
El 31 de octubre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea, el Reglamento (CE) 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad.
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Este documento plantea en su artículo 20 la posibilidad de revocar la licencia de un operador por motivos ambientales. Así en el primer párrafo de este artículo se dicta:
"Cuando existan graves problemas de carácter medioambiental, el Estado miembro responsable podrá limitar o denegar el ejercicio de los derechos de tráfico, en particular, cuando otros modos de transporte proporcionen niveles adecuados de servicio. La medida no será discriminatoria, no distorsionará la competencia entre compañías aéreas, no será más restrictiva de lo que resulte necesario para paliar los problemas y tendrá un período de vigencia limitado, no superior a tres años, concluido el cual se someterá a revisión."