Compañías y CO2 (EU ETS)
Plantillas oficiales MRV
Contactos para la presentación de Informes
Los operadores que tengan planes de emisiones y toneladas-kilómetro aprobados por la autoridad competente deberán presentar sus informes verificados antes del 28 de febrero de cada año.
Para ello, la documentación que se debe presentar tanto en papel como en formato electrónico será:
- Informes de emisiones verificados
- Informes de toneladas-kilómetro verificados (sólo en los años de referencia)
- Copia de los informes de emisiones y toneladas-kilómetro del verificador
- Declaraciones del verificador sobre emisiones y toneladas-kilómetro
Para dar cumplimiento a los requerimientos de la Ley 13/2010, la documentación se deberá presentar de la siguiente manera:
- Enviar una copia en papel del informe de toneladas-km y documentación adjunta correspondiente a la siguiente dirección postal del MAGRAMA:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Dirección General Oficina Española de Cambio Climático (OECC)
Att: S. G. Comercio de Emisiones y Mecanismos de Flexibilidad
C/ Alcalá, 92
28009 Madrid
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- Enviar una copia en papel del informe de emisiones y documentación adjunta correspondiente referente a la siguiente dirección postal de la AESA:
Att. Comercio de Emisiones
Agencia Estatal de Seguridad Aérea
Ministerio de Fomento
Avenida General Perón nº 40, Portal B, 1ª planta
28020 Madrid
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- Para agilizar el proceso de validación y poder cumplir con los plazos se recomienda encarecidamente enviar una copia electrónica tanto de los informes de emisiones y toneladas-km como los documentos adjuntos presentados en el MAGRAMA y en la AESA a las siguientes direcciones de correo electrónico:
Las plantillas que deben utilizar los operadores para los informes se encuentran en la página web de la Comisión Europea y del OBSA.
Contactos para la presentación de planes de seguimiento
De acuerdo con la disposición final segunda de la Ley 5/2009, de 29 de junio por la que se transpone parcialmente al ordenamiento jurídico español la Directiva 2008/101/CE, regulando las obligaciones de suministro de información más inminentes para los operadores de aeronaves cuya gestión corresponde a España, los operadores aéreos afectados deben presentar ante el Ministerio Fomento una propuesta de los planes de seguimiento, que serán posteriormente aprobados por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a propuesta del Ministerio de Fomento.
Dichos planes deberán rellenarse siguiendo las plantillas disponibles en las páginas web de la Comisión Europea y del OBSA y remitirse en formato digital, junto con un escrito de presentación y toda aquella documentación a la que se haga referencia en los planes, a la dirección de correo electrónico aviation.ETS@obsa.senasa.es con copia a buzon-sgce@magrama.es.
Si usted como operador de aeronaves considera que satisface las condiciones contempladas en las exenciones aplicables que se detallan en el Anexo I de la Directiva comunitaria, le rogamos remita una carta a la mayor brevedad posible a la dirección indicada anteriormente, adjuntando toda la documentación que usted considere oportuna al objeto de justificar y demostrar dichas condiciones, como por ejemplo, el Libro de Vuelo con las horas voladas en el periodo de referencia, el Certificado de Servicio Público, el Certificado de Aeronavegabilidad, la documentación que acredite que los servicios realizados son de lucha contraincendios, emergencias u otros contemplados en la Directiva.
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea, a través del OBSA, se encuentra a su disposición para las dudas que pudieran surgirle a través del correo aviation.ETS@obsa.senasa.es.