Observatorio de la Sostenibilidad en Aviación (OBSA) | Observatory of Sustainability in Aviation  
 
 

Compañías y CO2 (EU ETS)

Verificación

La verificación de los informes de seguimiento de emisiones y toneladas-kilómetro se hará en base al documento EA-6/03 - EA Document for Recognition of Verifiers under the EU ETS Directive publicado por la Organización de Cooperación Europea de Acreditación (EA), que es la red europea de acreditación de los organismos nacionales de acreditación ubicados en el área geográfica europea.

La Comisión Europea ha publicado el documento Verification Guidance for EU ETS Aviation. Se trata de una guía no vinculante dirigida a verificadores, operadores, Autoridades y entidades de acreditación para ayudar a interpretar los requisitos de verificación establecidos por la directiva de comercio de emisiones y la guía MRV (Monitoring, Reporting and Verification). Este documento pretende dar información práctica de cómo un verificador debe enfrentarse los elementos específicos de la verificación en el sector de la aviación.

En España, la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) ha publicado el documento CEA-ENAC-09 Rev.5, basado en su mayor parte en el EA-6/03, donde se recogen los Criterios Específicos de Acreditación de Verificadores del Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de Gases de Efecto Invernadero. En esta última versión del documento se han incorporado los criterios específicos de acreditación de verificadores para el sector de la aviación.

Las empresas verificadoras interesadas en ofrecer sus servicios de verificación a operadores aéreos podrán presentar su solicitud a ENAC y acreditar el cumplimiento de los criterios especificados en el documento CEA-ENAC-09 Rev.4.

Con el objetivo de ofrecer la formación necesaria para capacitar a los Verificadores del Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de Gases de Efecto Invernadero para el Sector Aviación, de acuerdo con lo establecido por la ENAC, SENASA impartió en septiembre y octubre de 2010 el curso de Formación Específica en Aviación para Acreditación de Verificadores GEI en EU ETS, aprobado por la AESA.

Real Decreto 101/2011

El Real Decreto 101/2011, de 28 de enero, establece las normas básicas que han de regir los sistemas de acreditación y verificación de las emisiones de gases de efecto invernadero y los datos de toneladas-kilómetro de los operadores aéreos y de las solicitudes de asignación gratuita transitoria de instalaciones fijas en el ámbito de aplicación de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.

Las principales novedades que introduce este Real Decreto son las relativas a la verificación de los datos del sector de la aviación. Podrán verificar los informes de emisiones de gases de efecto invernadero y los datos de toneladas-kilómetro de los operadores aéreos y los verificadores cuya acreditación haya sido otorgada por el Organismo Nacional de Acreditación (ENAC).

También se establece que se reconocerán, para llevar a cabo verificaciones en el sector de la aviación en España, aquellos verificadores de acreditados en otros Estados miembros de la UE, siempre que se hayan sometido con éxito al sistema de evaluación por pares y que el alcance de su certificado de acreditación cubra las actividades de aviación, y que lo comuniquen con 5 días naturales de antelación al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Última actualización de la página: 12 de abril de 2012.


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