Observatorio de la Sostenibilidad en Aviación (OBSA) | Observatory of Sustainability in Aviation  
 
 

Socioeconomía

Seguimiento de políticas

"El transporte, elemento fundamental del funcionamiento de las economías modernas, se halla ante una contradicción permanente, entre una sociedad que siempre solicita mayor movilidad y una opinión pública que soporta cada vez menos la congestión de algunas redes, el deterioro del medio ambiente y la calidad mediocre de las prestaciones que ofrecen algunos servicios de transporte. Frente a una demanda de transporte cuyo aumento supera el crecimiento de la economía, la respuesta de la Comunidad no puede ser tan sólo la construcción de nuevas infraestructuras y la apertura de los mercados. El doble imperativo que representan la ampliación y el desarrollo sostenible, inscrito en las conclusiones del Consejo Europeo de Gotemburgo, impone una mejora del sector de los transportes. Un sistema de transporte moderno debe ser sostenible desde un punto de vista económico, social y medioambiental" (Libro Blanco, La política europea de transportes de cara al 2010: la hora de la verdad)

Dimensión social
Dimensión económica

 

 

Dimensión social

En lo que se refiere a la parte social relacionada con la aviación, tenemos por un lado los usuarios de la aviación y por otro lado la población afectada por las aeronaves y sus equipos. A tal efecto tenemos normativa específica para cada uno de estos tipos sociales.

2001. Compromiso de servicio de las compañías aéreas

El 2 de julio de 2001 se firmó por parte de las compañías aéreas, un compromiso de servicio de las compañías aéreas con los pasajeros, por el que las compañías aéreas se comprometen a una serie de hechos que favorecen a los usuarios de este medio de transporte.

2003-2006. Acceso a la información pública

Dentro de la legislación europea tenemos las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE que legislan, dentro de la Unión Europea, en materia de acceso del público a la información medioambiental y que permite que se establezcan medidas para la participación del público en la elaboración de planes y programas relacionados con el medio ambiente.

En lo referente a la reglamentación que se refiere a la población afectada por el sector de la aviación, tenemos la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente de la legislación española y que está conforme con las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE.

Toda esta legislación de ámbito europeo, transpuesta en la legislación española en la Ley 27/2006, se asienta sobre los pilares del Convenio Aarhus, que fue firmado el 25 de junio de 1998 y ratificado el 29 de diciembre de 2004, donde se firmó la convención sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en asuntos ambientales. Según este convenio, se velará porque las informaciones sobre el medio ambiente vayan estando disponibles progresivamente en bases de datos electrónicas fácilmente accesibles para el público por medio de las redes públicas de telecomunicaciones, debiendo publicarse y difundirse esta información a intervalos regulares no superiores a tres o cuatro años mediante un informe nacional sobre el estado del medio ambiente, en el que figurará información sobre la calidad del medio ambiente y sobre las presiones a que el mismo se encuentra sometido.

Las actividades sometidas al Convenio de Aarhus son aquéllas que aparecen en el Anexo 1 del mismo, y los aeropuertos están contemplados dentro del apartado 8 de este anexo.

2004. Derechos mínimos de los pasajeros de la aviación

El Reglamento 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) nº 295/91. Con este reglamento, se establecen los derechos mínimos que asisten a todos los pasajeros de la aviación, que tengan como ciudad de partida o de origen (sólo con transportistas comunitarios) cualquiera de las ciudades comprendidas dentro del territorio europeo, siempre y cuando el lugar de partida, en el caso de no estar comprendido en este territorio, no disponga de beneficios o medidas compensatorias, y siempre que se dé el caso de ser un pasajero con reserva confirmada de vuelo o trasbordo reservado y se cumplan las condiciones de acceso con antelación marcadas.

2006. Derechos de las personas de movilidad reducida como usuarios de la aviación

Las personas de movilidad reducida, como usuarios del transporte aéreo, tienen sus derechos recogidos en el Reglamento 1107/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, donde se establecen las normas de protección y asistencia de personas con discapacidad o movilidad reducida en el transporte aéreo, tanto para protegerlas de la discriminación como para asegurar que reciban una asistencia adecuada. Teniendo siempre presente que este reglamento no pretende afectar a los derechos del resto de los usuarios. Este reglamento se aplica en su totalidad desde el 26 de julio de 2008.

2008. Normas básicas comunes de seguridad aérea

El Reglamento 820/2008 de la Comisión, de 8 de agosto de 2008, establece las medidas para la aplicación y adaptación técnica de las normas básicas comunes de seguridad aérea que se incorporarán a los programas nacionales de seguridad de la aviación civil.

2009. Estrategia Española de Movilidad Sostenible

La Estrategia Española de Movilidad Sostenible recoge las directrices principales y el conjunto de medidas en las áreas prioritarias de actuación cuya aplicación permite avanzar hacia la consecución de un modelo de movilidad sostenible.

Tiene como objetivo mejorar de manera integral la seguridad en todos los modos de transporte y la seguridad vial, reduciendo los riesgos de accidentes y aumentando la protección de las personas, los bienes transportados y las instalaciones del transporte frente a actuaciones ilícitas. Además de esto se pretende mejorar la salud de los ciudadanos y del medio ambiente mejorando la calidad del aire y reduciendo los niveles de ruido.

Dimensión económica

En lo que se refiere a la parte económica, podemos destacar la reglamentación aparecida en el Plan Estratégico para el Sector Aeronáutico Español (2008-2016) y en el Plan Estratégico para la Aviación General, de los cuales se trata a continuación.

2001. Libro Blanco

El objetivo del Libro Blanco, La política europea de transportes de cara al 2010: la hora de la verdad, es: "(…) conciliar el desarrollo económico y las exigencias de una sociedad que demanda calidad y seguridad al efecto de fomentar un transporte moderno y sostenible de cara al 2010".

Este texto fue presentado por la Comisión Europea el 12 de septiembre de 2001 [COM (2001) 370 final] y en él se exponen una serie de medidas dirigidas a crear un sistema de transporte capaz de equilibrar los medios de transporte.

En cuanto a lo que se refiere al transporte aéreo, el presente libro plantea como objetivo controlar el crecimiento del transporte aéreo, combatir la saturación del espacio aéreo y preservar el nivel de seguridad garantizando al mismo tiempo la protección del medio ambiente. Dentro de este documento se espera que las cifras del transporte aéreo de pasajeros pasen a duplicarse entre 1990 y 2010, lo que implica que el porcentaje de pasajeros pasará del 4% al 8% y por ello que en este libro se trate, tanto desde el punto de vista económico, como desde el punto de vista medioambiental, la necesidad de instaurar cuanto antes el Cielo Único Europeo.

2007. Cielos abiertos (Open Skies)

El acuerdo de transporte aéreo entre la UE y EE.UU. fue firmado el 30 de abril de 2007, entrando en vigor el 30 de marzo de 2008. Establece una cooperación más estrecha entre la UE y EE.UU. para afrontar nuevos retos como la seguridad o el medio ambiente, contribuyendo, entre otros, a reducir el impacto climático de los vuelos entre estas dos regiones.

2007. Plan Estratégico para el Sector Aeronáutico Español

El Plan Estratégico para el Sector Aeronáutico Español (2008-2016) se publicó en octubre de 2007, nace con la intención de articular las actuaciones de la Administración General del Estado y del resto de actores públicos en el ámbito aeronáutico, en beneficio de las empresas del sector y con el objetivo último de mejorar la posición de España en Europa.

Tiene como objetivo contribuir a triplicar la producción aeronáutica española, potenciando aquellos segmentos de mayor valor añadido y aumentando la intensidad tecnológica de los desarrollos aeronáuticos españoles. Para ello, se ha llevado a cabo un detallado análisis de la situación industrial del sector, así como un rediseño y un aumento de dotación del actual mapa de instrumentos de apoyo a la investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) aeronáutica.

2008. Plan Estratégico para la Aviación General

Durante el 2008, y en respuesta a las preocupaciones relacionadas con el medio ambiente, el Ministro de Industria, Turismo y Comercio comunicó durante la presentación del Plan Estratégico para la Aviación General que, a través del Plan de Ahorro y Eficiencia Energética, se prevén ayudas de hasta el 20% del coste del motor para fomentar la sustitución de motores de gasolina a gasoil, así como también ayudas para la instalación de silenciadores en los aviones de las escuelas de vuelo.

2009. El Futuro del transporte

La Comisión publicó en 2001 un Libro Blanco con el programa de su política de transportes hasta 2010, que fue actualizado en 2006. El 17 de junio de 2009 la Comisión Europea publicó bajo el título "A sustainable future for transport: Towards an integrated, technology-led and user friendly system" un documento en el que exponía su visión sobre un enfoque integrado, dirigido hacia una tecnología de fácil implantación en un sistema de transporte sostenible a partir del año 2010. Este nuevo documento sigue la senda marcada por el Libro Blanco y expone una visión del futuro del transporte y la movilidad hasta 2020, teniendo en cuenta las situaciones que pueden presentarse en las décadas siguientes.

2011. Libro Blanco 2011

En marzo de 2011, la Comisión Europea publicó el Libro Blanco 2011, Hoja de ruta hacia un espacio único de transporte europeo, en el que adopta una Estrategia Transporte 2050 con inciativas concretas para crear un sistema competitivo que aumente la movilidad, elimine los principales obstáculos y potencie el crecimiento y el empleo, además de lograr una reducción del 60% de las emisiones del transporte en 2050.

En cuanto a la aviación, los objetivos del Libro Blanco son:

  • Lograr que el 40% del combustible de aviación sea sostenible y de bajas emisiones de carbono.
  • Modernización completa del sistema de control del tráfico aéreo europeo de aquí a 2020, logrando el Cielo Único Europeo: trayectos más cortos y seguros y mayor capacidad. Finalizar la creación del Espacio Aéreo Común Europeo de 58 países y 1 000 millones de habitantes para 2020.
  • Incrementar la colaboración con socios internacionales y organizaciones internacionales tales como la OACI para fomentar la competitividad europea y los objetivos en materia de lucha contra el cambio climático a nivel mundial.
  • Impulso de la programación multimodal de los viajes y billetes integrados.
  • Conectar en el 2050 todos los aeropuertos principales a la red ferroviaria, preferiblemente de alta velocidad.
  • Revisar la regulación de slots (franjas horarias) para favorecer un uso más eficiente de la capacidad aeroportuaria.

El OBSA ha realizado un resumen del documento publicado por la Unión Europea con la finalidad de ayudar en su difusión pública y acercar más al sector las iniciativas en él propuestas.

Última actualización de la página: 5 de julio de 2011.


Mapa del sitio | Contacto | Aviso legal
Copyright (c) 2007 SENASA | Optimizado para una resolución de 1024x768 o superior

SENASA

 
 
Pasajeros embarcando